El ex Director General de Administración bajo el gobierno del Frente Amplio, Eduardo Riviezzi, reclama que el Intendente Carlos Enciso se retracte de una Resolución que firmó dado que le atribuye decisiones que “no se ajustan a la verdad”

Para Riviezzi se le adjudica a su persona cuando ejerció el cargo una intencionalidad que no existe, y una decisión que se ajustó a una

Resolución del entonces Intendente Andrés Arocena.
Por consiguiente el ex jerarca se mostró “sorprendido” ante los argumentos tergiversados que utilizó la administración Enciso para cambiar la forma en la cual se liquidaban los salarios vacacionales de los trabajadores municipales.

Todo surgió en el año 2004 cuando El Director de Hacienda del momento Nelson Rodríguez Colombo detectó un pago que aparentaba no ajustarse a las

normas vigentes en ese momento, razón por la cual se realizaron diversas consultas, entre ellas ala División Jurídicadela Intendenciala que determinó cómo debía calcularse el salario vacacional. Efectivamente se había pago mal, de acuerdo a lo que Jurídica informó a foja 6 del expediente 33130/2004 y resoluciones 1Junta Departamental Fojas 2,3,5,8). El criterio nuevo se sugirió

aplicar desde el año 2004, restando abonar a unos 30 funcionarios, por
lo cual el entonces Director de Hacienda Nelson Rodríguez Colombo
sugería que se pagaran.

Finalmentela Resolución(480/04, que figura a foja 10) firmada por el entonces

Intendente Andrés Arocena establece en su artículo 2º “téngase
presente para los próximos ejercicios  la sugerencia formulada por el
Departamento de Hacienda…”.
Curiosamente  en enero del 2004 el gasto fue observado por la propia
Cra. León por entonces Sub Directora de Hacienda dado que “no cumple
con lo establecido en normas legales vigentes”.

LO NUEVO A todo esto en este año a través del sindicato los trabajadores negociaron la liquidación del salario vacacional que se
encuentra en el EXPEDIENTE Nº 2007-86-001-01050, y como consecuencia en la RESOLUCIÓN Nº 3.704/11, se toma en cuenta un artículo acordado en la reestructura escalafonaria del año 1996 que otorga un complemento salarial para evitar pérdida de salario a algunos.
En el Considerando se toman en cuenta las actuaciones de la administración Arocena agregándosele que era “más que incongruente y
contradictorio no considerar a esta “partida complementaria”, como parte integrante del sueldo básico. Se concluye entonces que la
posición adoptada por la anterior administración, sustrayendo la partida del Art. 14 Decreto J.D.F. 25/96 del cálculo del salario
vacacional, sin fundamento legal y sin acto administrativo expreso, por solo orden verbal del Director de turno, es antijurídica, vulnera
el derecho de los funcionarios y deberá ser revertida”.
Esto que finalmente prosperó recientemente con la firma de Enciso fue rechazado enfáticamente por el ex Director Eduardo Riviezzi quien
consideró los argumentos totalmente alejados de la verdad y espera una rectificación del Intendente a la brevedad.