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Conferencia. Los jerarcas salieron expedientes y números en mano a responder denuncia de Dati.

«El cometido de OSE es la solución final de los líquidos residuales de las unidades domésticas e industriales. Solo cubre un 38%. El edil comete un error», indicaron los directores municipales de Salud y Gestión Ambiental, Administración y Descentralización que salieron al cruce de la denuncia del edil Guillermo Dati sobre el  vertido de una barométrica municipal en un predio cercano a Cerro Colorado.

En tal sentido Daniel Dos Santos, director de Salud y Gestión Ambiental dijo que no solo en Florida existen problemas en el sector ambiental sino que se trata de un problema nacional. Expresó que “OSE también tiene estos problemas”, “falta mucho para llegar a un medio ambiente como queremos todos”, aseguró en conferencia de prensa.

También destacó el trabajo social que realiza la comuna con la barométrica, atendiendo a todos aquellos que no cuentan con saneamiento.

Las autoridades señalaron que el vertido de desechos se realizó en ese lugar cumpliendo con el procedimiento establecido, asegurando la no contaminación porque se trata un terreno fértil, sin efluentes o cañadas.

Según lo informado el terreno está en una cuneta ubicada en las inmediaciones de la Ruta nº 7 y el Camino vecinal que va a Estancia Santa Clara.

SOLO UN 38% DE COBERTURA. Otro punto destacado por los directores es que se deslindó responsabilidad a los funcionarios indicando que ese procedimiento es el mismo que se viene haciendo desde hace muchos años.

En su intervención, el Prof. Alberto Martínez se refirió a la parte jurídica que ampara este procedimiento, expresando a que existe un grave error de concepto en el fundamento de la denuncia.

Martínez mencionó el artículo 2º de la ley nº 11.907 que crea la Administración de Obras Sanitarias del Estado. En dicho artículo se expresa que “la Administración de Obras Sanitarias del Estado tendrá los siguientes cometidos y facultades: a) la prestación del servicio de agua potable en todo el territorio de la república y b) la prestación del servicio de alcantarillado en todo el territorio de la república, excepto en el departamento de Montevideo”.

Basado en esta ley, el director dijo que “es un cometido de OSE la solución final de los líquidos residuales de las unidades domesticas e industriales”. También indicó que la cobertura nacional del servicio de saneamiento llega a aproximadamente un 38 %, por lo que aquellos que no tienen este servicio deben ser atendidos por la Intendencia.

El jerarca también mencionó el Decreto 16/2002 de la Junta Departamental de Florida que expresa que “los servicios de barométrica privados habilitados por la Intendencia, deberán cumplir con la habilitación de OSE en lo que se refiere a los lugares de descarga, las que serán realizadas en los lugares donde hay saneamiento, en los colectores o sitios que disponga el organismo. En los lugares donde no haya saneamiento, a los efectos de la descarga respectiva, se deberá contar con autorización expresa de la Intendencia de Florida”.

El director de Administración indicó que la Intendencia está facultada para decidir en que lugares realizar este tipo de procedimientos, ya que esta norma habilita la descarga de los contenidos de las barométricas en otros lugares que no sean plantas de tratamiento.