Los casos ocurrieron en Sarandí Grande y Florida. Uno de ellos involucra a un hombre de 88 años.
La denuncia se había recepcionada en el año 2018 en la Seccional 4ta. de la ciudad norte del departamento.
Entonces, dos niños de 6 y 8 años de edad, estaban siendo presuntamente abusados según relató el padre de los menores que dio el aviso a las autoridades.
Tras la denuncia, se comenzó con la instancia de investigación correspondiente, en forma conjunta con la Fiscal de turno y Juez de Familia e inmediamente se decretaron medidas cautelares, en tanto se continuaba con la investigación.
Las averiguaciones continuaron y finalmente, con pruebas puestas ante la Justicia, en las últimas horas se decretó condena.
El autor fue identificad como P.F.L.C. y en proceso abreviado se le encontró autor penalmente responsable de reiterados delitos de abuso sexual especialmente agravados.
La pena: tres (3) años de penitenciaría, que se dividirá en dieciocho (18) meses de prisión que se cumplirán en régimen de arresto domiciliario y lo restante se sustituirá por régimen de libertad vigilada, la cual será con custodia policial hasta su finalización.
PADRASTRO ABUSIVO, NIÑA DE 8 AÑOS
También desde el mes de setiembre de 2018, las autoridades tenían bajo investigación a un hombre de 53 años de edad por reiterados delitos de abuso sexual.
Ese año, la denuncia fue presentada contra el hombre por la madrina de la niña.
“La situación era entre la menor de 8 años y su padrastro”, se indicó.
Desde entonces se llevó a cabo un largo trabajo de investigación, pericias e indagatorias en trabajo conjunto entre personal de la Unidad Especializada en Violencia Doméstica y Género, Fiscalía Departamental y Juzgado de Familia.
Finalmente, y ante el Juzgado Letrado de 1° Turno de Florida, se dispuso la condena por proceso abreviado de A.C.V.F. de 53 años de edad como autor penalmente responsable de reiterados delitos de abuso sexual especialmente agravados, en régimen de reiteración real.
La pena es tres años de penitenciaría. El autor, estará los primeros 15 meses en régimen de reclusión y los restantes 21 en régimen de libertad vigilada con el cumplimiento de varias condiciones.